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Marco normativo para el Comercio de Emisiones
Como consecuencia del reto del cambio climático, la respuesta internacional se ha centrado en la reducción de las emisiones de gases con efecto invernadero por su demostrada incidencia en el incremento de la temperatura y ha tomado como referencia las emisiones del año 1990.
La Directiva de Comercio de Derechos de Emisión constituye el marco normativo para la reducción de emisiones de CO2 y fija los límites para cada tipo de instalación mediante un benchmarking por sectores a nivel comunitario, en el que se tiene en cuenta el riesgo de fuga de cada industria. La última asignación abarca hasta el año 2020.
Hay tres hechos muy significativos en relación al sector de la fabricación de envases de vidrio:
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El sector debería estar calificado como en riesgo de fuga ya que al peligro de deslocalización se suma el de acabar sustituido por otros materiales alternativos, lo que podría ser negativo desde una perspectiva medioambiental. |
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Es un sector con una actividad muy intensiva en energía con unos niveles de eficiencia energética muy próximos a su límite teórico. A pesar de ello, durante el periodo de 1990 a 2015, el índice de emisiones de CO2 por tonelada de vidrio fundido ha disminuido en torno al 28,41 %. En este contexto, el reciclado integral de envases de vidrio se convierte de nuevo en la expresión más adecuada, y tal vez la única, con la que cuenta el sector para reducir las emisiones. |
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Un sector que precisa de la máxima estabilidad y seguridad jurídica para su funcionamiento. En este sentido el sector del envase de vidrio es partidario de sistemas de asignación claros y no de otros muy complejos (tipo «Tiered Approach») que produce una enorme inseguridad. |